LGTBIfobia, impunidad y la vergonzosa inacción del Gobierno

LGTBIfobia, impunidad y la vergonzosa inacción del Gobierno
Desde 2020, con el inicio de la tramitación sobre la Ley Trans y de Derechos LGTBI, ha emergido una ofensiva mediática, política y judicial contra las personas trans

En un país que se autodenomina «referente de derechos LGTBI», los datos revelan una realidad muy distinta. Según una encuesta publicada en 2024 por la Federación Estatal LGTBI, el colectivo ha sufrido 570.000 agresiones físicas o sexuales en los últimos cinco años. Cuatro de cada diez personas LGTBIQA+ han sido agredidas. Son cifras alarmantes, pero más preocupante aún es la respuesta institucional: tibia, negligente o, directamente, inexistente.

Desde 2020, con el inicio de la tramitación sobre la Ley Trans y de Derechos LGTBI, ha emergido una ofensiva mediática, política y judicial contra las personas trans, con especial saña hacía las mujeres trans. Esta campaña, basada en prejuicios y bulos, ha sido amplificada por figuras con voz en las instituciones, medios conservadores, algunos de la progresía y ciertos sectores académicos. Así, se ha alimentado un clima de odio que, lejos de limitarse al discurso, ha tenido consecuencias concretas y sangrantes en las calles, transportes, centros de ocio y redes sociales.

El papel de las plataformas digitales merece una mención especial. Su pasividad ante discursos de odio no es solo alarmante, sino cómplice. El Gobierno, lejos de exigirles el cumplimiento de las leyes que prohíben la discriminación y el discurso del odio, mira hacia otro lado. ¿Hasta cuándo podrán operar impunemente en un país donde se proclama la igualdad como valor constitucional?

A este contexto se suma otro problema grave: el miedo a denunciar. Solo dos de cada diez personas agredidas acuden a la policía. El 80% restante guarda silencio, arrastrando vergüenza, desconfianza institucional y la sensación de que “no servirá de nada”. Este altísimo índice de infradenuncias implica que muchas agresiones quedan fuera del radar estadístico, sin investigación, sanción, ni justicia.

La doble vara de medir en el sistema judicial resulta especialmente indignante. En 2019 la Federación Plataforma Trans, la Conselleria D’igualtat de Catalunya y el Observatori contra l’LGTBI-fóbia de Catalunya, presentaron denuncias por declaraciones gravemente difamatorias de Lidia Falcón, quien llegó a afirmar que los gays son pederastas y que las personas trans fomentan la pederastia y los vientres de alquiler. A pesar de su enorme repercusión en redes, todas las denuncias fueron archivadas por la Fiscalía de Madrid. Librándola de enfrentarse a un posible delito de odio.

En cambio, en 2021, una chica trans anónima, con escasa visibilidad, escribió un tuit, que apenas obtuvo siete «me gusta» y ha acabado sentada en el banquillo. Este 9 de mayo tiene lugar el juicio oral donde se enfrenta a cinco años de prisión y a una indemnización de 50.000 euros, con Lidia Falcón como denunciante y testigos alineados con el discurso anti derechos trans. ¿Cómo se explica esta asimetría si no es por el sesgo ideológico que aún domina parte de nuestra judicatura?

Mientras tanto, la violencia no cesa. Esta misma semana, dos chicos gays fueron brutalmente agredidos en Torremolinos al grito de “maricones”, paralelamente el día anterior conocíamos a través de la prensa que un juez ha archivado la causa contra los promotores de una manifestación neonazi en Madrid, que donde se corearon consignas como “Hitler tenía razón” o “maricas sidosos”, que mantenía como imputados al líder de la formación ultra España 2000, José Luis Roberto, y al exjefe de Ultra Sur Alberto Ayala. Todo esto, en un país con una Ley de Memoria Democrática.

También, con estupefacción, esta semana hemos recibido la noticia de que el “bloque progresista” del Tribunal Constitucional, se alinea mayoritariamente con las tesis del bloque conservador, negándose a avalar el derecho de la libre autodeterminación del género en las personas trans, algo ya recogido en todos los estándares europeos y organismos internacionales, como condición sine qua non imprescindible en el camino hacia la igualdad de las personas trans y cuestionando la identidad de las mujeres trans, para desposeerlas de los derechos inherentes a todas las mujeres. Un retroceso alarmante y sin precedentes en la historia de nuestra democracia.

Mientras organizaciones ultraderechistas celebran el cumpleaños de Hitler en territorio español, el “Gobierno de progreso” permanece en silencio. Esta inacción no es inocua: está siendo funcional a los intereses de la ultraderecha. Está permitiendo que discursos de odio se legitimen, que agresores queden impunes y que las víctimas se queden sin amparo.

La realidad es clara: bajo el paraguas del “Gobierno de progreso”, muchas personas LGTBIQA+ están siendo abandonadas. En lugar de justicia, reciben indiferencia. En lugar de protección, silencio. Es hora de dejar de fingir que los derechos están garantizados y empezar a exigir una respuesta firme, comprometida y valiente frente al odio. Porque la equidistancia, cuando se trata de derechos humanos, siempre favorece al opresor.

El silencio nos apalea, porque hay golpes que no hacen ruido, que no llevan puños, ni gritos, que no sangran, pero duelen igual. Son los que vienen desde arriba: desde la indiferencia institucional, desde los despachos que cierran los ojos, desde la toga que elige no mirar. Y luego están los otros, los que sí suenan: los de las calles, los insultos a pleno pulmón, las agresiones que se repiten, los cuerpos heridos al grito de “maricones y travelos”. Entre unos y otros, el colectivo LGTBIQA+ sigue resistiendo, pero cada vez más solo.

https://www.diario-red.com/opinion/mar-cambrolle/lgtbifobia-impunidad-vergonzosa-inaccion-gobierno/20250504172523046869.html?utm_medium=social&s=08

Cuando el odio se disfraza de fe: creencias, desconocimiento y transfobia

Cuando el odio se disfraza de fe: creencias, desconocimiento y transfobia

gina sierra odioEl odio no siempre se presenta con gritos ni agresiones físicas. A menudo se disfraza con formas más sutiles, pero igualmente devastadoras: un sermón dominical, un discurso educado en un plató de televisión o una opinión compartida en redes sociales que dice “respeto, pero…”. Este odio se alimenta, con demasiada frecuencia, de un desconocimiento profundo sobre qué significa ser una persona trans, y más aún, de creencias propias o impuestas por instituciones que han hecho de la culpa, la vergüenza y la exclusión su bandera.

 

Desde hace siglos, muchas instituciones religiosas han contribuido activamente a la construcción de una sociedad binaria, heteronormativa y patriarcal. Nos han dicho cómo debíamos ser, de vivir, de amar e incluso de sentir. Han negado la existencia de las personas trans, las han condenado al infierno simbólico y real, contribuyendo a su marginación, empobrecimiento y, en demasiados casos, a su muerte. El suicidio de menores trans no es una tragedia individual, es una consecuencia colectiva de ese odio socialmente construido.

Pero la transfobia no nace sola. Nace del rechazo inculcado desde pequeños, del silencio cómplice en las escuelas, de las bromas cargadas de desprecio, del desprecio institucional y del miedo constante que genera no encajar dentro de lo esperado. No es casualidad. Es estructural.

El problema es que el odio, cuando viene en forma de fe, se presenta como verdad incuestionable. Y no, no lo es. La libertad religiosa nunca puede ser la excusa para pisar los derechos fundamentales de otras personas. Decir que las personas trans «van contra naturaleza», «son una ideología» o «confunden a los niños» no es una opinión: es odio. Y el odio mata.

Es hora de hablar claro. Es hora de dejar de blanquear discursos que criminalizan a nuestras vidas. Es hora de dejar de tratar como “debate” lo que es una vulneración de derechos humanos. Y es hora de mirar de cara a la realidad: somos personas. Vivimos, amamos, trabajamos, sufrimos y resistimos como cualquier otra. No somos una amenaza. La verdadera amenaza es el discurso que nos quiere fuera del mapa.

Educar en diversidad, en afectividad, en respeto real, es la única forma de deshacer tantos años de mentira y dolor. Es necesario hablar a los niños de las diferentes realidades familiares, de las identidades de género, de la riqueza de ser quienes somos. Y hay que hacerlo sin miedo, sin censura, sin la vergüenza que siempre ha favorecido a quienes nos quieren invisibles.

El desconocimiento puede ser una excusa en una ocasión. Pero cuando se convierte en sistema, ya no es ignorancia, complicidad. Y quien hoy se calla ante la transfobia, mañana puede ser cómplice del dolor de otra persona.

No nos resignamos. No vamos a callar. Continuaremos levantando la voz, no sólo por nosotros, sino por todas las criaturas que merecen crecer sabiendo que pueden ser quienes son, sin miedo y con dignidad.

Gina Serra Insua , presidenta de ATC Libertad y miembro de la Federación Plataforma Trans

https://orgull.barcelona/opinio/quan-l-odi-es-disfressa-de-fe-creences-desconeixement-i-transfobia-gina-serra/

El Constitucional enfrenta el recurso del PP a la ley trans, los colectivos piden evitar la senda antiderechos

El Constitucional enfrenta el recurso del PP a la ley trans, los colectivos piden evitar la senda antiderechos
El Alto Tribunal deliberó por primera vez sobre este recurso sin llegar aún a ninguna decisión. Plataforma Trans pide que no se sume a la carrera de odio contra las personas trans y avale la norma.
El cero absoluto del 28 de abril no modificó el orden del día: el martes y el miércoles, el Alto Tribunal deliberó por primera vez sobre el recurso de inconstitucionalidad del PP a la Ley 4/2023, de 28 de febrero para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI sin llegar aún a ninguna decisión, algo que el Constitucional entiende como normal dada la complejidad del asunto.

Sin embargo, y pese a que el lunes algunos medios daban por sentado el aval en términos generales a la ley trans, la discrepancia en el bloque progresista ha provocado la votación de la ponencia de Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, según informa Europa Press.

Plataforma Trans entiende que la sentencia del propio Constitucional en 2019 es motivo para ampliar los derechos sobre la autodeterminación de género consignados en la ley trans y pide evitar la deriva de la ultraderecha

Plataforma Trans, federació de colectivos de personas trans y aliadas, ha pedido al Constitucional que no se sume a la carrera de odio contra las personas trans y que avale la norma. Pero no solo eso. Plataforma Trans entiende que la sentencia de este mismo tribunal en 2019 es motivo para ampliar los derechos sobre la autodeterminación de género consignados en la ley trans. Y es que el propio Tribunal Constitucional (TC) reconoció en la sentencia 99/2019 del 18 de julio de 2019 que era inconstitucional que la Ley 3/2007 —la ley trans previa a la actual— excluyera a los menores, dictaminando que estos tenían el derecho a modificar su nombre y género siempre que demostraran madurez, recuerda este colectivo.

“El Tribunal Constitucional no puede tomar la deriva de la ultraderecha y movimientos antiderechos trans que van en contra de diferentes directivas tanto del Consejo de Europa como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que abogan por el respeto a la dignidad de las personas trans y para alcanzar su igualdad, bajo el mecanismo jurídico de la libre autodeterminación del género”, dice Mar Cambrollé, presidenta de Plataforma Trans.

“Ampliar derechos a quien nos los tiene no supone restárselos a quienes ya los disfrutan. Así sucedió con el matrimonio igualitario, también recurrido por el PP y que el propio Tribunal Constitucional avaló como constitucional. 20 años después, el matrimonio entre personas del mismo sexo no ha restado derechos a los matrimonios heterosexuales, ni supuso la destrucción de la familia, tal y como los sectores ultraconservadores proclamaban», añade Cambrollé.

Avalar o no la autodeterminación de género

El PP recurrió la ley trans por considerar que la autodeterminación de género produce inseguridad jurídica al permitir consignar el cambio de la mención al sexo en el registro sin informes médicos ni psicológicos, simplemente con la declaración de la persona. El PP ha sido especialmente beligerante con los derechos de las personas trans menores de edad.

La autodeterminación de género fue el principal escollo que enfrentó el Ministerio de Igualdad encabezado por Irene Montero para llevar a cabo la aprobación de esta ley. El boicot de una parte del PSOE, liderada por Carmen Calvo, que llegó a decir que la autodeterminación de género ponía en peligro la identidad de todas las personas nacidas en España, provocó continuos retrasos.

Grupos feministas contrarios a la autodeterminación de género de las personas trans han pedido recusar al magistrado Juan Carlos Campo

La deliberación del Constitucional sobre este asunto ha reactivado los discursos antiderechos. Esta semana, grupos feministas contrarios a la audoterminación de género de las personas trans han pedido recusar al magistrado Juan Carlos Campo en la ponencia del Tribunal Constitucional sobre la ley trans. El grupo Feministas Contra el Borrado asegura que el exministro de Justicia Juan Carlos Campodebe ser recusado, ya que participó en las negociaciones para tramitar esta ley.

https://www.elsaltodiario.com/ley-trans/plataforma-trans-recurso-tribunal-constitucional-ley-lgtb

Dos magistradas progresistas discrepan sobre el aval constitucional a la Ley Trans

Dos magistradas progresistas discrepan sobre el aval constitucional a la Ley Trans
 La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI podría no ser avalada por el Tribunal Constitucional. De momento, la votación de la ponencia de Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, se ha aplazado ante las discrepancias en el bloque progresista.
Reticencias

https://www.publico.es/politica/tribunales/dos-magistradas-progresistas-discrepan-sobre-aval-constitucional-ley-trans.html

Una juez trans británica lleva la sentencia sobre la definición de mujer al TEDH

Una juez trans británica lleva la sentencia sobre la definición de mujer al TEDH

Victoria McCloud considera que la sentencia incumple el artículo 6 de la Convención Europea de Derechos Humanos

Victoria McCloud, la primera jueza transgénero de Gran Bretaña, denunciará al Reino Unido ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por la sentencia del Tribunal Supremo sobre el concepto de mujer y el sexo biológico, informa The Guardian. McCloud, una jueza retirada, ha presentado una solicitud para emprender acciones legales por la vulneración de su derecho al artículo 6, que garantiza el derecho a un juicio justo en asuntos penales y civiles.

El Tribunal Supremo británico dictaminó a principios de este mes que los términos “mujer” y “sexo” en la Ley de Igualdad de 2010 se referían únicamente a mujeres biológicas y al sexo biológico, lo que, según la guía posterior del organismo de igualdad, equivaldría a una prohibición general de que las personas trans utilicen baños y otros servicios correspondientes al género con el que se identifican.

McCloud explicó a The Guardian que la base de su denuncia es que “el Tribunal Supremo se negó a escucharme, o a escuchar mis pruebas, para informarles sobre el impacto que la sentencia tendría en las personas trans afectadas, y no dio ninguna explicación para ello”. “Tampoco estaban representadas las personas discapacitadas, y ahora vemos a los conservadores diciendo que las personas trans tienen que usar los baños para discapacitados, lo que afecta a la vida de las personas con discapacidad. Todos estos impactos no se han abordado”, añadió.

En una “actualización provisional” publicada el viernes sobre cómo debe interpretarse la sentencia, la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos del Reino Unido indicó que, en los lugares de trabajo y servicios abiertos al público, como hospitales o cafeterías, “no se debería permitir a las mujeres trans (hombres biológicos) utilizar las instalaciones para mujeres, ni a los hombres trans (mujeres biológicas) utilizar las instalaciones para hombres”.

Médicos residentes que trabajan en el NHS también condenaron la sentencia del Tribunal Supremo sobre el género, afirmando que “no tiene base científica ni médica”.

En la conferencia de médicos residentes de la Asociación Médica Británica (BMA) en Londres, se aprobó una moción declarando que “intentar imponer un binarismo rígido no tiene base en la ciencia ni en la medicina”.

https://www.lavanguardia.com/internacional/20250429/10630134/juez-trans-britanica-lleva-sentencia-sobre-definicion-mujer-tedh.html

Lidia Falcón pide cinco años de cárcel a una mujer trans por un tuit con siete likes que no menciona a la denunciante


Lidia Falcón pide cinco años de cárcel a una mujer trans por un tuit con siete likes que no menciona a la denunciante
La activista antiderechos Lidia Falcón denunció a Diana Juan Cano en 2021 por un tuit que apenas tuvo repercusión. La acusación pide una pena de cinco años de prisión y 50.000 euros de indemnización. El caso pone en tensión el concepto de delito de odio y sirve como aviso a navegantes para activistas LGTBIQA+.
Diana Juan Cano, una mujer trans y activista defensora de los derechos LGTBI y de las trabajadoras sexuales, debe acudir el próximo 9 de mayo a la Audiencia Provincial de Madrid para responder ante la justicia por una denuncia de Lidia Falcón, feminista transexcluyente que la denunció en 2021.

La motivación de la denuncia es un tuit publicado el 11 de enero de 2021 que no menciona a Falcón: obtuvo solo siete likes y fue compartido una vez: “Una pistola, una bala y a esa que todas sabemos que lleva más de un año basando todo su activismo en acosar y violentar a mujeres trans. Solo eso le pido a 2021” es el contenido literal del tuit.

La acusación considera que este tuit puede ser constitutivo de un delito de amenazas graves agravado por discriminación por motivos ideológicos así como de un delito de incitación al odio, y solicita una pena de cinco años de prisión y 50.000 euros de indemnización. El Ministerio Fiscal, por el contrario, calificó los hechos como un delito leve de amenazas y ha solicitado que no se imponga pena alguna, al haber prescrito.

Se da la circunstancia de que en 2020 la Fiscalía Provincial de Madrid archivó una denuncia contra el Partido Feminista de España, que preside Falcón, por diversas afirmaciones que las organizaciones denunciantes consideraban constitutivas de un posible delito de odio. El archivo argumentaba que la denunciada “realizó las manifestaciones objeto de esta diligencia como exteriorización en contra de una ley [en referencia al proyecto de Ley Trans estatal] que, a su entender, desprotege a la mujer y a la infancia, en el marco de una crítica política y dirigida a todo el sector feminista”.

Instrumentalización del delito de odio

Saúl Castro Fernández, abogado especializado en derechos LGTBIQA+ y representante de la denunciada, expresa su preocupación por las implicaciones que tiene este caso. Castro cree que esta denuncia “pretende hacer pasar por grupo vulnerable y titular el derecho a la no discriminación a las personas que violentan o acosan a mujeres”. El fin del delito de odio, explica, es criminalizar discursos que presentan riesgos e incitan al odio contra colectivos históricamente vulnerables, y en este caso la persona en situación de vulnerabilidad es la denunciada, por lo que se pervierte el fin del delito de odio.

El artículo 510 del Código Penal, que delimita el delito de odio, castiga a quienes fomenten o inciten a la violencia contra un grupo o alguien que forme parte de un grupo “por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad”.

Un castigo a Diana supondría “que nuestros tribunales consideren que grupos violentos, antiderechos y contrarios a la diversidad puedan ser considerados un grupo vulnerable y protegido por los delitos de odio”. “Si se dicta una sentencia condenatoria se sentará un precedente gravísimo para los derechos de las personas LGTBI y para la lucha por los valores democráticos y constitucionales”, explica.

Saúl Castro, abogado de la denunciada: “Este caso es la punta de lanza para que los grupos TERF comiencen a acudir a nuestros tribunales para silenciar y criminalizar al activismo LGTBI”

De esta forma, se pretende convertir en delito la crítica, lo que abre la puerta a usar la vía penal para silenciar a defensoras de los derechos LGTBI. “Este caso es la punta de lanza para que los grupos TERF comiencen a acudir a nuestros tribunales para silenciar y criminalizar al activismo LGTBI”, explica.

Castro también advierte de que entre las personas que van a declarar en el juicio están voces destacadas del discurso transexcluyente y que no tienen que ver con los hechos, lo que a su juicio “pone de manifiesto que esta causa pretende dar un reconocimiento y valorar un contexto general de tensión por la aprobación de la ley trans solo mediante las voces y declaraciones de testigos transexcluyentes”.

Por eso subraya la conveniencia de que al juicio del 9 de mayo, que se celebrará a las 9:30h, asistan medios de comunicación y organizaciones que puedan contribuir a garantizar la transparencia en el proceso.

Transfobia global

El juicio al que se enfrenta Diana se produce en un contexto global de incremento de los discursos antiderechos en el que el último episodio lo protagoniza la sentencia de Reino Unido que dicta que el único criterio para amparar a una mujer bajo la ley de igualdad es el del sexo consignado en el nacimiento basado en sus características sexuales externas.

A esta decisión se suma la cruzada antitrans de Donald Trump en EE UU o las políticas antiderechos de Javier Milei en Argentina. Pero los ataques no son solo simbólicos, el transfeminicidio de Sara Millerey en Colombia ha supuesto una confirmación de cómo los discursos de odio ponen en peligro la vida de las personas trans.

https://osalto.gal/lgtbiq/mujer-trans-acusada-delito-odio-denuncia-lidia-falcon

Plataforma Trans pide al Constitucional que no tome «la deriva de la ultraderecha» y avale la ley

Plataforma Trans pide al Constitucional que no tome «la deriva de la ultraderecha» y avale la ley

La Federación Plataforma Trans ha pedido este lunes al Tribunal Constitucional que no tome «la deriva de la ultraderecha’ y que avale la Ley Trans.
El Tribunal Constitucional (TC) estudiará en su Pleno de esta semana el recurso del PP contra la llamada Ley Trans, impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, en base a una ponencia que aboga por avalar la parte sustancial aunque realizando modificaciones, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Los magistrados analizarán el recurso presentado por el PP contra varios artículos de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

En este sentido, la presidenta de la Federación Plataforma Trans, Mar Cambrollé, ha señalado que el Tribunal Constitucional «no puede tomar la deriva de la ultraderecha y movimientos antiderechos trans» que van ‘en contra» de diferentes directivas tanto del Consejo de Europa como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Estas ha expuesto que ‘abogan por el respeto a la dignidad de las personas trans y para alcanzar su igualdad, bajo el mecanismo jurídico de la libre autodeterminación del género».

Así mismo, la Plataforma Trans ha instado al Tribunal Constitucional a que amplie la norma con la sentencia que resolvió en julio de 2019. En concreto estableció que era inconstitucional que la ley excluyera a los menores, dictaminando que estos tenían el derecho a modificar su nombre y género siempre que demostraran madurez.

La ponencia, redactada por el magistrado progresista Juan Carlos Campo, propone estimar parcialmente la impugnación de los ‘populares’, pero las fuentes consultadas subrayan que se trata de ‘algún cuestionamiento» menor, por lo que aboga por avalar lo fundamental de la ley.

‘Ampliar derechos a quien no los tiene no supone restárselos a quienes ya los disfrutan’, ha señalado Cambrollé, que ha añadido que así sucedió con el matrimonio igualitario, también recurrido por el PP y que el propio Tribunal Constitucional avaló como constitucional.

«20 años después el matrimonio entre personas del mismo sexo no ha restado derechos a los matrimonios heterosexuales, ni supuso la destrucción de la familia, tal y como los sectores ultra conservadores proclamaban», ha subrayado.

En esta misma línea, Cambrollé ha recalcado que ‘posibilitar la igualdad de oportunidades y el respeto para las personas trans no resta derechos al resto de la ciudadanía». ‘Las leyes para garantizar la igualdad no pueden ser una herramienta para legalizar la discriminación por presiones de grupos antiderechos transminoritarios pero con poder en la Judicatura, los medios de comunicación e instituciones al más alto nivel como el propio Gobierno. En frente esta una España a favor de la igualdad de todas las personas, incluidas las personas trans’, ha asegurado.
Finalmente, Cambrollé ha llamado a que España continúe siendo «un faro para la comunidad LGTBIQA+ frente a una internacional del odio que ha hecho de las personas trans el chivo expiatorio para imponer políticas de retrocesos en avances sociales y civiles’.

https://www.europapress.es/sociedad/noticia-plataforma-trans-pide-constitucional-no-tome-deriva-ultraderecha-avale-ley-20250428121907.html

 

Cómo afectará a la vida de las personas trans la sentencia del Reino Unido sobre el sexo biológico

Cómo afectará a la vida de las personas trans la sentencia del Reino Unido sobre el sexo biológico

El Tribunal Supremo del Reino Unido ha dictaminado que cuando la Ley de Igualdad de 2010 habla de hombres y mujeres, debe interpretarse en relación al sexo biológico. De esta manera, las personas trans dejan de tener un amparo legal para determinadas situaciones de discriminación, pues importará cómo fueron inscritas al nacer y no su identidad de género.

  • En resumen: según la sentencia, una mujer trans es, a efectos de la norma de 2010, un hombre biológico. Y un hombre trans sería una mujer biológica.

Así, el Alto tribunal ha delimitado la definición legal de mujer al sexo biológico en todo el Reino Unido, pero solo en lo referente a la Ley de Igualdad (Equality Act). Esto es importante porque afecta a casos de discriminación. Es decir, no es que la sentencia diga que, a partir de ahora, las mujeres trans deban quedar excluidas de las competiciones deportivas femeninas, sino que si se decide excluirlas, esto no se considerará un acto discriminatorio, como sí lo era hasta ahora de acuerdo con la interpretación que se le daba a la Ley de Igualdad. Ahora, al considerar hombres biológicos a las mujeres trans, ya no supondría incurrir en discriminación por razón de sexo, según el fallo.

Reino Unido y el sexo biológico: así se pronuncia la sentencia sobre la Equality Act

La forma en que se había interpretado la definición de “hombre” y “mujer” en la Ley de Igualdad incluía a hombres y mujeres trans que hubiesen realizado la rectificación registral del sexo. Sin embargo, los cinco jueces del Tribunal Supremo del Reino Unido han dictaminado por unanimidad que esa definición debe basarse solamente en el sexo biológico, independientemente de que las personas trans tengan un documento oficial que reconozca su identidad.

Un apunte. El sexo biológico es en realidad un compendio de características (cromosómicas, hormonales…). Pero cuando la sentencia habla de sexo biológico, habla del sexo observable. Es decir, el que te asignan al nacer al observar la apariencia de tus genitales para inscribirte como hombre o mujer en el registro. Esto es relevante porque pedir un certificado que acredite tu identidad de género no es legal (en Reino Unido supondría incumplir la ley de protección de datos, como expone la sentencia). Por tanto, la asunción de que alguien es hombre o mujer se hará en función  de su apariencia externa, es decir, de su cispassing.

  • Hablamos de cispassing cuando, de acuerdo a los cánones normativos, es más o menos evidente a primera vista que una persona es trans.

Así, si, por ejemplo, en un baño femenino, una mujer cis tiene la sospecha de que una mujer trans está usando el baño, podría pedir que se la expulse, obligándola a que use el masculino (el que correspondería según su sexo biológico). Esto, que hasta ahora se habría entendido como un acto discriminatorio según la Ley de Igualdad de 2010, ahora ya no porque prima la “protección” del sexo biológico y de los espacios segregados en función de este sexo biológico.

Como explica la investigadora Flora Renz, de la Universidad de Kent: “Cualquier persona que no se ajuste a los estereotipos de género tiene ahora más probabilidades de sufrir acoso o discriminación al usar espacios no mixtos”. Además, apunta Renz, este esencialismo respecto al sexo biológico, “determinado únicamente por el aspecto del bebé al nacer, puede dejar a algunas personas intersex en una posición complicada”.

Contexto. For Women Scotland es la organización que ha impulsado esta batalla contra la inclusión de las personas trans en la Ley de Igualdad, y que, como señala el Guardian, ha sido en gran parte financiada por la escritora JK Rowling. Las integrantes de For Women Scotland  se definen como “activistas críticas con el género” pues consideran que el género es solo un conjunto de opresiones, no una identidad, y que lo único que determina que una mujer es una mujer es si nace o no con vagina. Desde esa perspectiva, no reconocen a las mujeres trans como mujeres por no nacer con esta característica específica. Como explica la Asociación Americana de Psicologíala identidad de género sí existe y es algo distinto a los estereotipos de género. Sin embargo, las críticas con el género integran todo lo que tiene que ver con el género (expresión de género, identidad de género, que son vivencias internas e individuales) en el concepto “estereotipos de género”, que sí son, a grosso modo, un conjunto de expectativas opresivas sobre el papel de los hombres y las mujeres en la sociedad.

Los espacios no mixtos, clave en la sentencia

Una de las cuestiones más relevantes del fallo es el amparo legal que se le otorga a la exclusión de las mujeres trans de espacios no mixtos. Por ejemplo, refugios para mujeres maltratadas y/o víctimas de violencia sexual o clubes de lesbianas, citados concretamente en la sentencia.

Según el fallo, el criterio para justificar que un servicio sea no mixto debe estar anclado en el sexo biológico. “Si por ley [en referencia a la Ley de Igualdad] un proveedor de servicios está obligado a ofrecer a mujeres trans con un certificado de reconocimiento de género (GRC) —aunque tengan apariencia de hombres biológicos— los mismos servicios que antes estaban reservados solo a mujeres [cis], entonces resulta difícil justificar por qué no deberían ofrecer esos mismos servicios también a hombres biológicos con la misma apariencia”, señala el texto del Supremo. Es decir, según este argumento, si en un refugio para supervivientes de violencia sexual se acepta a mujeres trans —que son en realidad hombres biológicos, según su visión negacionista de la identidad de género—, cómo se justifica legalmente que se excluya de estos mismos servicios a hombres cis.

El fallo también niega que una mujer trans pueda ser lesbiana. Dice así: “Si un certificado de reconocimiento de género [GCR por sus siglas en inglés] cambia el sexo legal de una persona a efectos de la Ley de Igualdad de 2010, un club solo para mujeres o un club reservado para lesbianas tendría que admitir a mujeres trans con GRC (es decir, mujeres legales que son biológicamente hombres y se sienten atraídas por mujeres) […] Esto está teniendo un efecto disuasorio entre las lesbianas, que han dejado de acudir a espacios exclusivos para lesbianas debido a la presencia de mujeres trans (es decir, hombres biológicos que viven en el género femenino)”. La sentencia da por buena la tesis de que las mujeres trans, en tanto que han nacido con pene, no pueden ser consideradas lesbianas y que, de hecho, incomodarían a mujeres lesbianas cis porque estas solo se sentirían atraídas por otras mujeres que han nacido con vagina.

Lo que puede ocurrir a partir de ahora es que no se permita la presencia de mujeres trans en estos espacios (por ejemplo, en clubes o refugios no mixtos) y esto no supondría discriminarlas como mujeres porque su sexo biológico, dice la sentencia, no es el de una mujer.

La concepción que realiza el fallo sobre la orientación sexual lésbica tiene consecuencias más allá de los espacios no mixtos, como explica la jurista e investigadora Flora Renz: “El párrafo 206 de la sentencia dice que una mujer cis que sale con una mujer trans no es, legalmente hablando, una lesbiana, mientras que un hombre que sale con una mujer trans debería ser considerado gay. Esto crea verdaderos desafíos para las denuncias por discriminación basada en orientación sexual”. Es decir, la sentencia podría impedir que se reconozca como discriminación lesbófoba que a una pareja de mujeres se la expulse de un bar porque se están besando si en esta pareja una de las mujeres es trans. Y es que, según el fallo, eso implicaría que se trata de una pareja formada por una mujer biológica y un hombre biológico. Legalmente hablando, una pareja heterosexual.

Confusión sobre el alcance de esta nueva forma de interpretar el sexo biológico en el Reino Unido

Es difícil dimensionar todas las consecuencias que puede acarrear esta sentencia que reinterpreta bajo un prisma transexcluyente el sexo biológico en el Reino Unido. Se pueden dar situaciones muy diferentes.

En primer lugar, como aclara Flora Renz, “las organizaciones ahora pueden excluir a las mujeres trans de espacios como baños femeninos sin violar las disposiciones de no discriminación de la Ley de Igualdad, pero no están obligadas a hacerlo”. “El efecto de la sentencia no es prohibir automáticamente el acceso, pero sí que permite a las organizaciones hacerlo si así lo desean sin que eso suponga incurrir en discriminación”, añade. Pero esta jurista de la Universidad de Kent también advierte de que se abren posibilidades como que, por ejemplo, si una organización decide seguir incluyendo a mujeres trans en sus espacios no mixtos (por ejemplo, en refugios de mujeres maltratadas) “podrían ser demandadas por discriminación indirecta o acoso”. Es decir, se podría entender que al incluir a mujeres trans (hombres biológicos, según el fallo) están desprotegiendo a las mujeres cis (mujeres biológicas), pues esta presencia puede generar inseguridad o suponer una amenaza.

Para Renz, esta sentencia sobre el sexo biológico en el Reino Unido deja al país “en una situación legal aún más confusa, porque el fallo dice que las personas trans siguen protegidas contra la discriminación, pero al mismo tiempo señala que deben ser tratadas según su sexo asignado al nacer [negando su identidad de género], lo que es, en esencia, discriminatorio”. “Es muy preocupante precisamente porque ya no está claro qué significa la transfobia [legalmente hablando] o qué supone incurrir o no en discriminación contra las personas trans”, concluye.

 

Fuentes
  • Flora Renz, jurista e investigadora de la Universidad de Kent, especializada en género, derechos trans y regulación de espacios no mixtos
  • The Guardian
  • Sentencia del Tribunal Supremo del Reino Unido sobre la interpretación de la Ley de Igualdad de 2010
  • Ley de Igualdad del Reino Unido, 2010

Miles de personas se manifiestan en Reino Unido por los derechos trans tras el cambio en la definición legal de mujer

Miles de personas se manifiestan en Reino Unido por los derechos trans tras el cambio en la definición legal de mujer
  • El Tribunal Supremo dictó que el término «mujer» está determinado exclusivamente por el sexo biológico
  • Las mujeres con certificado de reasignación de género no podrán utilizar aseos o vestuarios femeninos
Miles de personas salen a la calle por los derechos trans en ciudades del Reino Unido
Manifestación por los derechos trans en Londres. EFE/EPA/ANDY RAIN

Miles de personas se han manifestado este sábado en las principales ciudades del Reino Unido para defender los derechos de las personas transgénero después de que el Tribunal Supremo dictase que el término «mujer» está determinado exclusivamente por el sexo biológico.

En Londres, miles de manifestantes, junto a activistas, sindicatos y organizaciones LGTBI, se han concentrado en los alrededores del Parlamento para llevar a cabo una «marcha de emergencia».

En las banderas transgénero y las pancartas que portaban los manifestantes se podían leer consignas como «no hay feminismo sin las mujeres trans» o «la biología no es binaria», o «Harry Potter y la sangre de la juventud trans», en una crítica a la autora J.K. Rowling, una de las figuras más críticas contra la ideología de género.

También han pintado con grafiti al menos dos estatuas de la plaza del Parlamento durante la concentración. Según medios británicos, han escrito «derechos de maricones» acompañado de un corazón en la figura de la sufragista Millicent Fawcett y «los derechos trans son derechos humanos» en el monumento del militar sudafricano Jan Christian Smuts.

El Tribunal Supremo dictaminó el pasado miércoles que los términos «mujer» y «sexo» bajo la Ley de Igualdad de 2010 se refieren «a una mujer biológica y al sexo biológico». El fallo, tomado de forma unánime por cinco magistrados, puso fin a una batalla legal de varios años iniciada por la organización escocesa defensora de las mujeres For Women Scotland contra el Gobierno de la región, pero ha generado un profundo malestar dentro del colectivo trans, que lo interpreta como una supresión de sus derechos.

La comunidad trans lamenta no haber tenido representación en este caso

El ministro principal escocés, el nacionalista John Swinney, ha dicho este sábado a la BBC que, si bien acepta el veredicto del Supremo, también entiende el sentimiento de «incertidumbre y angustia» de algunos miembros de la comunidad trans y por ello protegerá los derechos de todas las personas por igual.

El Partido laborista ha asegurado que la decisión judicial proveía «claridad y confianza» a las mujeres, pero desde la facción LGTBI de la formación de gobierno (Pride in Labour) critican que ninguna persona u organización transgénero tuviese representación en este caso, ni tampoco pudiese expresar su punto de vista.

 

«No nos dieron una oportunidad de participar, lo cual es obviamente algo muy preocupante para nuestra comunidad cuando las decisiones se toman sin nosotros», ha dicho la copresidenta de Pride In Labour .

La decisión implica que, legalmente, las mujeres con certificado de reasignación de género (CRG) no podrán utilizar aseos o vestuarios femeninos o participar en la categoría femenina en una competición deportiva, de acuerdo con el organismo supervisor de igualdad británico (EHRC, por sus siglas en inglés).

Además de la gran marcha de Londres, también se han organizado diferentes protestas en otras ciudades del país, tales como Brighton, Manchester o Edimburgo (Escocia) a lo largo del día.

https://www.rtve.es/noticias/20250419/miles-personas-se-manifiestan-reino-unido-por-derechos-trans-tras-cambio-definicion-legal-mujer/16546419.shtml

Transfobia institucional: El dictamen del Tribunal Supremo del Reino Unido excluye a las mujeres trans de la Ley de Igualdad de 2010

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Personas participan en la Marcha del Orgullo Trans e Intersexual de Dublín.
Decenas de personas participan en la Marcha del Orgullo de Dublín.Niall Carson / Europa Press

https://www.publico.es/internacional/europa/tribunal-supremo-reino-unido-dicta-definicion-legal-mujer-determinado-sexo-biologico.html