La policía y la justicia, no es un secreto, en muchas ocasiones no tienen sensibilidad alguna con la realidad LGTBQIA+ y prueba de ello son los comentarios diarios que nos encontramos los que nos dedicamos a esto, tales como “eso no se puede denunciar”, “bueno, son cosas que se dicen a menudo pero no es delito”, “en cuanto llegue al juzgado lo van a archivar, así que mejor déjalo pasar” o “hay otros casos de denuncias de agresiones machistas y vais a perder toda la tarde”. Estas frases son titulares y artículos salidos en medios. Podríamos aportar decenas de experiencias profesionales más.
Desde mi experiencia como abogado especializado en delitos de odio, cofundador del despacho Olympe Abogados y como víctima de homofobia que ha conseguido una condena de prisión contra su agresor por insultos como “maricón”, te vengo a dar unos consejos prácticos de cómo actuar, que te serán muy útiles (y en muchos casos salvarán los plazos al abogado/a que contrates y/o te asignen) en cualquier situación de discriminación y/o violencia que vivas (y no solo en el Orgullo).
La recomendación principal es que, si puedes permitírtelo, seas asesorado desde un principio por un abogado o abogada especialista en la materia, pues cada caso es un mundo y tiene sus especialidades propias que merecen ser estudiadas de manera individual.
Acabo de ser víctima de un delito de odio (agresión verbal o física), ¿qué hago?
Si acabas de ser víctima de una agresión, tanto física como verbal, lo primero que debes hacer es recopilar pruebas. La justicia funciona a través de pruebas y, por ende, es lo más importante y lo que más nos va a ayudar durante todo el procedimiento judicial.
Estas pruebas pueden ser testigos que estén presentes (para lo cual habrá que recabar datos como nombre, apellidos, DNI y teléfono móvil o redes sociales), fotos o vídeos que hayamos podido hacer a los agresores o de la agresión con nuestros móviles, fotos o vídeos que hayan podido hacer testigos presenciales o que se encuentren por redes sociales, etc. Cuantas más pruebas tengamos, por irrelevantes que creamos que son, mucho mejor. Durante el procedimiento judicial cada prueba reforzará nuestro testimonio de un modo u otro.
Si acabas de ser víctima de una agresión, tanto física como verbal, lo primero que debes hacer es recopilar pruebas. Cuantas más, mejor, por irrelevantes que creamos que son
Si la agresión ha sido física, o si ha sido verbal pero ha somatizado en algo físico, como un ataque de ansiedad, migraña o un ataque de psoriasis, antes de denunciar lo primero que debes hacer es acudir a un hospital o centro de salud de manera inmediata para que un facultativo médico te haga un “parte de lesiones”, que no es otra cosa que un informe médico en el que se especifica cuáles son las lesiones que tienes y en el que queda reflejado que ha sido consecuencia de una agresión.
Dichas lesiones pueden ir desde una brecha en la cabeza, un corte en un brazo, a un eritema o un moretón. No dejes de ir al centro médico o a urgencias en ningún caso porque consideres que las lesiones son demasiado leves y no necesitas asistencia médica. Quizá no la necesitas por salud, pero sí que la necesitas a nivel legal. El informe es primordial y marcará la diferencia entre la absolución y la condena del agresor. Igualmente, haz fotografías de las lesiones que has sufrido, con independencia de que ya se reflejen en el informe médico que te den.
Si debido a la agresión que has sufrido tienes secuelas psicológicas y vas a ir al psicólogo para tratarlas, te recomiendo encarecidamente que vayas a tu médico de cabecera, le expliques la situación, y le pidas que te remita al psicólogo. La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara en el sentido de que solo se entenderá que las lesiones psicológica sobrepasan el ámbito del delito leve cuando haya un seguimiento psicológico, pero con la condición de que éste seguimiento haya sido prescrito previamente por un facultativo médico (con independencia de que sea o no psiquiatra, pudiendo ser médico o médica de familia o atención primaria). Por ello, es importante no solo que vayas al psicólogo, sino que previamente te lo haya prescrito un facultativo médico y ésta prescripción quede expresamente recogida en un informe o en tu historial médico para poderlo aportar al procedimiento. Si no lo puedes aportar con la denuncia, podrás hacer una ampliación de la misma en cualquier momento.
¿Dónde acudir a denunciar?
Debido a la poca sensibilidad de los cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (cuestión que está mejorando mucho últimamente) y al poco conocimiento que tienen de los delitos de odio y de las realidades LGTBQIA+ (más allá de lo que es una persona gay o lesbiana), lo que os aconsejamos siempre es que, tras acudir al hospital si habéis sufrido lesiones físicas o psicológicas pero que somaticen en algo físico, denunciéis directamente en el juzgado de guardia sin necesidad de pasar por la comisaría.
En la comisaría quien redacta la denuncia es la propia policía que te atiende, en base a vuestro testimonio, y normalmente se suelen dejar sin incluir información tremendamente relevante como son los elementos que identifican la LGTBQIA+fobia en la agresión (insultos mayormente). La policía suele incluir lo que consideran que es delito, o lo que consideran que es más grave, como por ejemplo las amenazas de muerte, pero no suelen incluir, casi siempre por ignorancia y no por mala fe, insultos LGTBQIA+fobos tales como “maricón de mierda” o “puto travelo”, que es lo que realmente tiene relevancia en el procedimiento judicial y lo que más podrá ayudar a vuestro/a abogado/a a solicitar una condena por delito de odio y/o a solicitar que se aplique el agravante por discriminación LGTBQIA+foba.
Os recomendamos que denunciéis en el juzgado, sin necesidad de pasar por comisaría, ya que se esta forma podréis incluir toda la información que consideréis necesaria
En la comisaría tampoco te suelen dar la opción de incluir en la denuncia fotografías y/o videos, pues lo que normalmente te dicen es que “ya lo aportarás directamente en el juzgado”, lo cual nos traerá verdaderos problemas como comentaremos después. Por el contrario, en el juzgado de guardia quien redacta la denuncia es la propia víctima, en el propio juzgado (a través de un modelo que te faciliten) o en su casa (y/o en la de cualquier amigo/a que pueda darte apoyo emocional) en un documento word.
En la denuncia ante el juzgado de guardia podréis incluir toda la información que consideréis necesaria, así como adjuntar cualquier informe médico, documento, fotografías, informes y/o grabaciones en ese mismo momento. Las fotografías se pueden adjuntar impresas con la denuncia pero las grabaciones (de audio y de video) deberán aportarse obligatoriamente a través de un pendrive o de un DVD. También podréis comentar con detalle los insultos LGTBQIA+fobos que hayáis recibido en dicha agresión y todos los hechos ocurridos sin escatimar en detalles y sin prisa ninguna.
La información que debes incluir obligatoriamente y que has de priorizar es si has recibido insultos LGTBQIA+fóbos y en caso de que sí, detallar cuáles son. También debes aportar los datos de los testigos que hayas recopilado y qué es los que han visto/oído cada uno, fotografías que hayas hecho de los agresores y/o de las lesiones, videos, etc. Si ha acudido la policía al lugar de la agresión también menciónalo en la denuncia y, a poder ser, especifica si ha sido la policía local o la nacional; pues la primera depende del ayuntamiento, y el informe de la actuación habrá que pedirlo ahí, y la segunda del Ministerio del Interior, debiendo solicitar el informe de forma distinta.
Si quieres solicitar una orden de alejamiento o una prohibición de comunicación, también debes destacarlo y solicitarlo en la denuncia, así como argumentar el por qué de la necesidad de dicha medida (por ejemplo que sea tu vecino, que te haya agredido varias veces y que tienes miedo de que la próxima sea aún peor que las anteriores).
Debes tomarte con calma el momento de redactar la denuncia. Coge aire. Respira. Piensa. Recuerda. Escribe. Repite. Si puedes estar acompañado/a de amigos, de tu pareja y/o familiares, y estos pueden ayudarte a darte apoyo emocional, relajarte y/o a completar la mayor cantidad de detalles posibles de los hechos, mucho mejor. Los nervios juegan muy malas pasadas y pueden darnos amnesia a corto plazo.
Si en la denuncia esta LGTBQIA+fobia no aparece, durante el procedimiento judicial será muy difícil, por no decir casi imposible, que en el juzgado entiendan que ha habido un delito de odio por LGTBQIA+fobia pues te reprocharán que, al no incluirlo en la denuncia desde un principio, nada más ocurrir los hechos, no queda acreditado que los agresores te lo dijesen verdaderamente y que quizás te lo hayas inventado sobre la marcha por venganza. Por ende, es muy importante que se incluya toda la información desde un principio.
También deberemos dejar claro en la denuncia que nos constituimos no solo como víctimas, sino también como acusación particular
Los juzgados de guardia en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o València tienen un edificio propio. Con realizar una búsqueda rápida en internet puedes encontrar la dirección de donde se encuentran y acudir al mismo. En el caso de ciudades más pequeñas, al ser cada día un juzgado distinto el que está de guardia y no disponer de edificio propio, deberás llamar a cualquier juzgado de tu ciudad o a la comisaría de policía para saber cual es el que está de guardia ese día y en qué edificio está situado. Los juzgados de guardia están abiertos 24h al día los 365 días del año. Puedes acudir a cualquier hora a interponer la denuncia.
Cuando vayas a acudir al juzgado de guardia a interponer la denuncia recuerda que debes llevar una copia de la primera página de la denuncia para que te la sellen y así tengas un resguardo de que la has presentado en la fecha que indique el sello. Asimismo, en la propia denuncia debes indicar qué fotografías, videos e informes aportas con la denuncia y con qué fin. También debes y numerarlos (Prueba número 1, prueba número 2, etc). Cuanto más le facilites el trabajo al juzgado y más claro se lo pongas todo, mucho mejor. También es muy importante que pongáis vuestro nombre completo, DNI, domicilio, correo electrónico y teléfono móvil para que os contacten en cualquier momento de forma sencilla. También deberemos dejar claro en la denuncia que nos constituimos no solo como víctimas, sino también como acusación particular.
¿Y si no soy víctima de una agresión directa pero sí de un mensaje LGTBQIA+fobo por parte de un partido de ultraderecha o de un autobús tránsfobo?
Si somos víctimas colectivas de un mensaje LGTBQIA+fobo por parte de la ultraderecha política, mediática y/o de organizaciones de ultraderecha que pasean autobuses por las ciudades, también podemos denunciar estos hechos. Podemos hacerlo como víctimas directas en el juzgado de guardia correspondiente (si el mensaje va dirigido a nosotros) o como víctimas indirectas ante la Fiscalía provincial de cada territorio (si el mensaje va dirigido contra nuestro colectivo).La Fiscalía provincial de cada territorio se puede encontrar igualmente con una búsqueda rápida en Google. Igual que con el juzgado de guardia, podremos redactar la denuncia en casa y presentarla en el registro de la Fiscalía. Deberemos aportar dos copias. Una para la Fiscalía y otra para nosotros para que nos la sellen y como prueba de que la hemos presentado. También deberemos aportar todos nuestros datos.
En caso de denunciar ante la Fiscalía, perderemos el control de la denuncia, pues será ésta misma quien se encargue de forma independiente de investigar si los hechos son constitutivos de delito, y si lo son de poner la correspondiente denuncia ante el juzgado correspondiente.
La madre de todos los plazos: primera notificación que recibimos del juzgado tras la denuncia
Con toda seguridad, la primera notificación que recibiremos por parte del juzgado es directamente la notificación del juicio sobre delitos leves que tenemos por un delito de “coacciones” y/o de amenazas, no haciendo mención en ningún caso al delito de odio mencionado.
Esto que parece algo rutinario no lo es. ¡Ojo con esto! A partir de este momento tenemos entre 3 y 5 días hábiles (no cuentan festivos ni sábados ni domingos) para recurrir la decisión del juzgado de calificar los hechos como un delito leve y de obviar el delito de odio. Si se nos pasa ese plazo tan corto y no recurrimos, nadie podrá hacer nada después. Ni el mejor abogado o abogada del mundo podrá revertir dicha situación, pues el juzgado defenderá siempre, y con razón, que se te ha pasado el plazo, todo ello con independencia de que carezcas de los conocimientos jurídicos necesarios para saber eso.
Que sea un juicio de delito leves y no uno abreviado conlleva que no tendremos abogado o abogada de oficio gratuito ni siquiera aunque no tengamos recursos, pues es un procedimiento judicial en el que no es necesaria la asistencia letrada. Si no tenemos recursos para costearnos uno particular, no podremos acceder a uno gratuito y tendremos que defendernos nosotros/as mismos.
Con toda seguridad, la primera notificación que recibiremos por parte del juzgado es directamente la notificación del juicio sobre delitos y tendremos entre 3 y 5 días para recurrirlo
Además, no se podrá pedir condenar al agresor por un delito de odio (art. 510 del Código Penal) pues dicho delito tiene que perseguirse obligatoriamente a través de un procedimiento abreviado, y no en uno por delitos leves.
Tampoco se podrá realizar una instrucción pormenorizada para analizar los hechos, tomar declaración a los testigos y a los agresores previamente, pedir las cámaras del lugar donde se produjo la agresión, atcétera. Se practicarán todas las pruebas el mismo día del juicio y solo las que lleven las partes. El juzgado no solicitará ni las cámaras ni nada por el estilo.
También debemos saber que si contratas un abogado o abogada particular y acaban condenando a tus agresores, al ser un juicio sobre delitos leves, los agresores no serán condenados a pagar el coste de tu representación.
Si denunciamos en la comisaría y no nos dejan aportar los informes, fotografías, vídeos y testigos, como hemos comentado antes, lo más habitual es que el juzgado califique todo como juicio sobre delito leve de forma automática. Si lo denunciamos ante el juzgado de guardia y aportamos todas las pruebas que tenemos así como hacemos referencia a la LGTBQIfobia sufrida, tendremos muchas más posibilidades de que el juzgado no lo califique como un delito leve y decida instruir el caso como un procedimiento abreviado y así nos evitemos tener que recurrir el auto como que te explico a continuación.
¿Qué hacer ante esta situación en la que el juzgado califica el proceso como “juicio sobre delito leve”?
Acudir a un abogado o abogada de inmediato o, si no tenemos recursos, acudir directamente al juzgado (de 9 a 14 horas) que nos haya notificado la fecha del juicio y pedir que nos dejen ver los autos (el expediente judicial). Este expediente no se puede sacar del juzgado por lo que tendremos que hacer fotografías con el móvil de aquello que nos vaya a resultar útil. Dentro de la carpeta que nos den con los autos lo que nos interesa mayormente es el “auto de incoación de juicio sobre delito leve”. Este auto es la decisión del juez o jueza de calificar el procedimiento como delito leve y de no tener en cuenta el delito de odio. Tendremos que hacer una fotografía de dicho auto, teniendo como dato relevante la fecha en la que se dictó, y un a vez en casa tendremos que redactar el recurso contra dicho auto. Podremos poner dos tipos de recursos: de reforma y subsidiario de apelación (artículos 216 y 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
El recurso de reforma lo estudiará y resolverá el mismo juez o jueza a que ha emitido el auto que estamos recurriendo y el recurso de apelación lo resolverá la Audiencia Provincial (Órgano jerárquicamente superior al juzgado de instrucción). Podemos poner ambos a la vez (debiendo poner: “recurso de reforma y subsidiario de apelación”) para lo cual tendremos 3 días hábiles desde la primera notificación que recibamos por parte del juzgado, primero el de reforma (3 días desde la primera notificación que recibamos por parte del juzgado) y después el de apelación (5 días desde que nos desestimen el de reforma) o directamente el de apelación (5 días desde la primera notificación por parte del juzgado). Mi consejo es interponer ambos a la vez (“recurso de reforma y subsidiario de apelación”).
En dichos recursos tendremos que identificar el auto que estamos recurriendo (diciendo la fecha en la que se emitió y lo que se decidió en él), argumentar que los insultos y amenazas que hemos recibido, o las agresiones físicas, han tenido un componente LGTBIQ+ indudable, que consideramos que dichas conductas constituyen un delito contra los derechos fundamentales (delito de odio) del artículo 510 del código penal (normalmente será el 510.2a. del código penal más concretamente) y aclarar que por ende el procedimiento correcto a través del que se debe instruir el caso es el procedimiento abreviado y en ningún caso el juicio sobre delitos leves. El delito del artículo 510 del código penal sobrepasa el ámbito del juicio sobre delitos leves.
Para ayudarnos a argumentar todo esto podemos copiar y pegar aquello que creamos que se aplica a nuestro caso de la circular número 7/2019 de 14 de mayo de la Fiscalía General del Estado sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal.
Al igual que la sanidad, la justicia es un servicio público que está a nuestra disposición y que puede darnos cobertura social y restituir nuestros derechos
Cuando lo tengamos redactado (recordemos que debemos tenerlo listo antes de los 3 días de haber recibido la primera notificación si los ponemos de forma conjunta) tendremos que ir al juzgado y presentarlo en “registro”. Igual que con las denuncias que comentábamos antes, tendremos que llevar dos copias del recurso. Una para que se la quede el juzgado y otra que será sellada por el juzgado y que nos la quedaremos nosotros como justificante de que lo hemos presentado. Es muy útil que en el escrito pongáis que os personáis como acusación particular y persona perjudicada (víctima) y que pongáis vuestro nombre completo, DNI, domicilio, correo electrónico y teléfono móvil para que os contacten en cualquier momento de forma sencilla.
En dicho momento tendremos que esperar a la resolución del juzgado (recurso de reforma) y/o a la de la audiencia provincial (recurso de apelación). Si nos da la razón el juzgado y/o la audiencia provincial y determinan que el procedimiento adecuado es el abreviado y no el de delitos leves, por existir indicios de la comisión de un delito de odio, entonces desde ese momento podremos pedir Abogado/a de oficio gratuito (si no tenemos recursos suficientes) y por ende desde ese momento tendremos apoyo legal, también podremos imputarles a los agresores el delito de odio mencionado, así como solicitar que los agresores sean condenados a pagar el coste de tu abogado/a.
No dudes en denunciar la LGTBIQfobia y recurrir decisiones judiciales injustas. En definitiva, lucha sin miedo por restituir los derechos que te han violado porque ellos no dudan nunca en agredirnos y vejarnos. Al igual que la sanidad, la justicia es un servicio público que está a nuestra disposición y que puede darnos cobertura social y restituir nuestros derechos cuando sean vulnerados. Usémoslo.
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