[Iruñea] 21 de febrero, acto público: «Mas allá del silencio: violencia de género en mujeres trans

[Iruñea] 21 de febrero, acto público: «Mas allá del silencio: violencia de género en mujeres trans
Federación Plataforma Trans y DesperTRANS
Próximo sábado 21 de febrero en Plazara! :»Mas allá del silencio: violencia de género en mujeres trans», una ponencia de Mar Cambrollé , presidenta de la Federación @plataformatrans

 

 Desde La Federación Plataforma Trans y DesperTRANS y con la colaboración de los colectivos LGTBIAQ+ de Nafarroa organizamos el próximo sábado 21 de febrero un acto bajo el titulo «Mas allá del silencio: violencia de género en mujeres trans», una ponencia de Mar Cambrollé , presidenta de la Federación @plataformatrans

Sábado, 21 de febrero a las 18:00

Plazara! (Sala Plaza Sintagma).
C/ Mayor 31. Iruñea/Pamplona

El Gobierno incumple la Ley Trans y entorpece el cambio de sexo legal de las personas extranjeras

El Gobierno incumple la Ley Trans y entorpece el cambio de sexo legal de las personas extranjeras

Debería haberlo hecho hace casi dos años, pero el Gobierno sigue sin desarrollar el reglamento incluido en la Ley Trans para permitir que las personas extranjeras modifiquen su nombre y sexo legal. La norma, aprobada en marzo de 2023, dio un año al Ejecutivo para “habilitar por vía reglamentaria” el procedimiento, pero a día de hoy aún no lo ha hecho. El retraso impacta de lleno en las personas trans que no pueden modificar estos datos en sus países de origen y que describen una situación de “limbo” al desconocer la hoja de ruta para ejercer un derecho que la ley les reconoce.

“Lo he intentado, pero me he encontrado con un bloqueo administrativo constante”, afirma Dina El Omary, una mujer trans que huyó de Marruecos tras una vida marcada por la violencia. Pidió asilo en España y fue reconocida como refugiada al considerar acreditada la situación de “acoso, hostigamiento y violencia física y verbal” a la que fue sometida en su país de origen, donde era conocida por su activismo. El expediente que le concede el asilo reconoce “la imposibilidad de vivir con libertad y dignidad” su propia identidad en Marruecos, donde ser LGTBI es considerado delito, pero aun así asegura que aún no ha podido cambiar aquí su nombre ni sexo legal.

“El Estado reconoce que tuve que huir de mi país por mi identidad, pero al mismo tiempo no la respeta ni me permite vivir plenamente. Es doloroso y contradictorio”, afirma. La Ley Trans, que provocó una profunda brecha en el Gobierno y las críticas de un sector del feminismo, permite a los españoles cambiar el DNI sin requisitos médicos, con la voluntad del solicitante. Su artículo 50 extiende el derecho a los extranjeros “que acrediten la imposibilidad legal o de hecho” de hacerlo en su país y establece que lo podrán hacer “ante la autoridad competente”. Esta tendrá que “instar” al Ministerio de Exteriores para que investigue cómo está la situación en el país del solicitante.

Para que esto pueda ser efectivo, la norma dispone que “en el plazo de un año” desde su entrada en vigor, el Gobierno “habilitará por vía reglamentaria los procedimientos” adecuados. Entre los perfiles a los que va dirigida la medida están las personas extranjeras con papeles y también todos los solicitantes asilo y refugiados, que según la ley tienen derecho a que los documentos que les identifican reflejen su identidad. Sin embargo, a día de hoy el reglamento no está aprobado y no hay una vía clara y homogénea para proceder al trámite, según trasladan asociaciones, abogados y personas afectadas consultadas.

“Me dijeron que tenía que ir al Registro Civil y allí me informaron de que no pueden tramitarlo, pero nadie me ha informado de cómo puedo hacerlo. La respuesta siempre ha sido negativa sin que nadie asuma la competencia”, explica Dina, que vive en Madrid y que consultó con un abogado que le indicó que “no existe ningún organismo ni departamento que esté aplicando” de manera generalizada el procedimiento. Colectivos LGTBI como la Plataforma Trans, que fue la primera en llamar la atención sobre la situación, llevan meses denunciando el incumplimiento.

Depender de la voluntad del funcionario

Cuando algunas de las personas solicitantes de asilo atendidas por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), organización que gestiona algunos de los centros del sistema de acogida estatal, mostraron a su personal su deseo de acogerse a este derecho, la ONG se encontró con que no había un procedimiento claro para solicitarlo. “Vamos caso por caso. No existe un procedimiento”, explica Elena Muñoz, responsable legal en CEAR.

Ante la falta de protocolo, la organización acudió a dos entidades para intentar solicitar los cambios en cada uno de los casos: por un lado, a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), que depende del Ministerio de lnterior y se encarga de la documentación temporal que poseen los solicitantes de asilo, la llamada ‘tarjeta roja’. Por otro, a la Policía Nacional. “Son dos trámites. Primero, el nombre registrado en el expediente de su petición de asilo, así como en todas las resoluciones ligadas al caso, competencia de la OAR. Después, la expedición de la documentación (Policía Nacional)”, resume Muñoz.

La letrada afirma que, mientras unos casos ya se han resuelto de manera ágil, otros aún se encuentran en trámite y sufren algo más de retraso. “En nuestro caso la Policía y la OAR, fueron colaboradoras y buscaron la manera de hacerlo. Reconocían que no era fácil al no haber procedimiento, pero se implicaron”, apunta. El problema de depender de la implicación de los funcionarios de turno es la probable arbitrariedad en la respuesta, y la dificultad con la que se encontrarán quienes carecen del acompañamiento jurídico de una organización. “La Oficina de Asilo, por ejemplo, no tiene una ventanilla al público. No sé cómo podría hacerlo alguien que no tiene ese asesoramiento. Cualquiera tendría que ser capaz de hacerlo a través de un procedimiento claro, sencillo y con los plazos marcados”, opina la jurista.

La Plataforma Trans lleva desde el pasado octubre movilizándose y ha recurrido al Defensor del Pueblo. La presidenta de la organización, Mar Cambrollé, denuncia la “desidia” del Gobierno con las personas trans migrantes, a las que asegura que está “condenado a la invisibilidad, a la precariedad y al miedo” por lo que considera que “no es una simple omisión administrativa”, sino “una vulneración flagrante de los derechos humanos”. La Federación Estatal LGTBI también se ha sumado a la queja y ha denunciado el “incumplimiento sistemático” de la ley por parte del Ministerio del Interior, al que reclama la puesta en marcha del reglamento.

Nadie asume la responsabilidad

En el seno del Gobierno, no parece haber una hoja de ruta marcada y todos los ministerios consultados que han respondido a elDiario.es eluden asumir la responsabilidad en la cuestión. A preguntas de este medio, Interior apunta a que “el procedimiento no depende” del departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska porque Policía Nacional “expide la documentación”, pero “carece de capacidad para realizar estas modificaciones [de nombre y sexo legal], como tampoco puede hacerlo con las personas españolas, sin el cambio previo en el Registro Civil”. En una respuesta parlamentaria remitida este jueves a Podemos, Interior asegura que ya “aplica” las previsiones contenidas en la ley.

El Ministerio de Justicia, que es de quien depende el Registro Civil, apunta a que “solo tiene competencia” para hacerlo con quienes tienen la nacionalidad española, mientras que el Ministerio de Igualdad, que fue el impulsor de la Ley Trans, vuelve a pasar la pelota a Interior: “Es el que tiene competencias para expedir documentos identificativos oficiales”, apuntan fuentes del departamento dirigido por Ana Redondo, que señalan que “Interior y Exteriores” deberían “conjuntamente” reglamentar el procedimiento. El Ministerio de Asuntos Exteriores, por su parte, no ha respondido a la consulta.

Fuentes del Defensor del Pueblo señalan que han recibido varias quejas de personas extranjeras que tienen “dificultades” para solicitar el cambio y mantiene una “actuación abierta” por ello, sumado a la interpuesta por la Plataforma Trans, que también envió una carta al Ministerio del Interior que no ha sido contestada. En la respuesta del pasado enero, el organismo dirigido por Ángel Gabilondo apunta directamente a Interior como responsable del desarrollo del reglamento para clarificar el procedimiento y confirma que le ha pedido explicaciones por “la demora” en su puesta en marcha.

Pero, además, el Defensor del Pueblo informa de un caso en el que la modificación de los datos de una persona extranjera –no solicitante de asilo– se produjo por la actuación de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa. Esta es precisamente la vía que señala la Dirección General de Policía en un informe en el marco de un recurso que actualmente tramita el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº17 de Madrid interpuesto por una chica trans de Perú. En el informe, al que ha accedido elDiario.es, la Policía asegura que debería haberse dirigido a la Delegación del Gobierno de Madrid, que es donde vive, y una vez hecho el cambio, la Unidad de Documentación de Policía Nacional podría plasmarlo en su documentación.

“La cuestión es que la Ley Trans es ambigua porque habla de ‘autoridad competente’ y ninguna está asumiendo la responsabilidad”, opina el abogado Saúl Castro, que lleva el caso de la mujer peruana y que ya ha presentado la petición ante la Delegación del Gobierno. Castro cree que las Oficinas de Extranjería, que están en las subdelegaciones, “son las competentes” para hacer la gestión, al menos en el caso de quienes no son solicitantes de asilo, pero aun así cree que “es necesario” el desarrollo del reglamento porque “hace falta un protocolo claro que garantice la aplicación del derecho”. Preguntado el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, del que dependen las delegaciones del Gobierno, apunta a que sus funciones “son las de todas las áreas” del Ejecutivo y remite “a Interior o a Igualdad”.

 

El Defensor del Pueblo exige a Interior el cumplimiento de la ley trans para personas extranjeras

El Defensor del Pueblo exige a Interior el cumplimiento de la ley trans para personas extranjeras

Plataforma Trans presentó una queja el 3 de octubre. La ley pedía crear unas instrucciones y daba un plazo de un año para hacerlo, plazo que expiró en marzo de 2024.

x Patricia Reguero Ríos

El Defensor del Pueblo ha pedido al Ministerio del Interior que implemente el procedimiento que permita a las personas trans extranjeras adecuar su documentación en España, un derecho reconocido en la Ley 4/2023. Así lo ha plasmado su respuesta del 8 de enero a la federación Plataforma Trans, que se produce después de que la organización registrara un escrito de reiteración el pasado 6 de enero en el que lamentaba el silencio ante la queja presentada el 3 de octubre. El defensor admite así la queja y explica que tiene iniciadas varias actuaciones por el mismo motivo.

 

La queja pedía indagar en la demora en la creación de unas instrucciones que permitan a las personas trans extranjeras la adecuación en sus documentos de su nombre y mención al sexo en la documentación expedida en España siempre y cuando se cumplan los requisitos del artículo 50, es decir, acreditar la imposibilidad legal de hacerlo en su país de origen. El plazo para crear este reglamentoera de un año tras la aprobación de la ley, por lo que expiró el 2 de marzo de 2024.

La falta de desarrollo normativo impide a las personas trans migrantes acceder a documentación acorde con su identidad de género y las condena a “una situación de exclusión administrativa”, lamenta Plataforma Trans

La falta de este desarrollo normativo, explica Plataforma Trans, impide a las personas trans migrantes acceder a documentación acorde con su identidad de género, “colocándolas en una situación de grave vulnerabilidad jurídica y social, y generando una discriminación efectiva respecto a las personas trans de nacionalidad española, en contra de los principios de igualdad y no discriminación recogidos en la Constitución y en la normativa internacional de derechos humanos”.

Junto a la queja al Defensor del Pueblo, Plataforma Trans presentó también en octubre un escrito al Ministerio del Interior, al que responsabiliza de esta inacción. Entonces, acusó al departamento de Grande-Marlaska de “obstaculizar”. Interior no ha respondido a la federación sobre este asunto.

Para Mar Cambrollé, presidenta de la federación, se trata de una “vulneración muy grave de derechos”. “No es una cuestión menor ni burocrática: es la vida y la dignidad de miles de personas trans migrantes”, asegura Cambrollé. “La ley es clara, el plazo venció hace más de un año y el Gobierno sigue incumpliendo. Esta inacción mantiene a las personas trans migrantes en una situación de exclusión administrativa que se traduce en discriminación diaria, inseguridad jurídica y vulneración de derechos fundamentales”, sigue.

La organización considera especialmente grave esta situación por afectar a un colectivo en situación de especial vulnerabilidad y por tratarse de una cuestión de evidente interés público vinculada al cumplimiento de una ley estatal en vigor, argumenta. “Exigimos una respuesta inmediata y medidas urgentes. Las personas trans migrantes no pueden seguir esperando indefinidamente a que el Estado cumpla su propia ley”, dice Mar Cambrollé.

En su escrito, el Defensor del Pueblo explica que ha emprendido algunas actuaciones. Así, indica que la Dirección General de la Policía le ha traslado que la autoridad competente para rectificar no es la que expide la documentación sino la que graba los datos en el Registro Central de Extranjeros. También se ha dirigido a la Dirección General de Protección Internacional, responsable del procedimiento para las personas solicitantes de protección internacional y refugiadas. En origen, uno de los problemas es que la ley menciona como responsable a una “autoridad competente”, pero no especifica cuál es esa autoridad.

El Defensor del Pueblo también indica que tiene conocimiento de que en Guipúzcoa se ha producido una adecuación registral tras haber obtenido el preceptivo informe del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, ha informado de que ese ministerio viene tramitando desde hace más de un año de manera habitual las consultas sobre esta materia sin incidencias.

En el ojo de los colectivos desde 2024

El incumplimiento de este derecho que la ley trans reconoce a personas extranjeras ha sido motivo de preocupación de otros. En octubre de 2024, Euforia Familias Trans Aliadas y el colectivo Migrantxs Transgresorxs advirtieron del problema. Euforia explicaba entonces que se había dirigido a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, encargada de coordinar el Registro Civil, para pedir información sobre esta nueva previsión legal. El problema también se había detectado entre las personas que llegan por la vía de la solicitud de asilo y se encuentran con que las oficinas de Asilo y Refugio tampoco facilitan instrucciones sobre cómo proceder.

En diciembre de 2025, la FELGTBI+registró también una queja ante el Defensor del Pueblo ante “el incumplimiento sistemático” del artículo 50.1 de la Ley LGTBI+, además de presentar dos preguntas parlamentarias

La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+) también ha pedido explicaciones por este incumplimiento. En diciembre de 2025, registró también una queja ante el Defensor del Pueblo ante “el incumplimiento sistemático” del artículo 50.1 de la Ley LGTBI+. Además, Podemos solicitó la comparecencia de de Interior por este asunto en octubre de 2025.

Las personas trans extranjeras que no puedan realizar la rectificación registral de nombre y mención al sexo en sus países de origen tienen derecho a adecuar sus documentos en España, tal y como recoge el artículo 50.1, que indica que “la autoridad competente instará al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a que recabe la información disponible en la representación exterior de España que corresponda sobre si en el país de origen existen impedimentos legales o de hecho para llevar a cabo dicha rectificación registral” y que “dicho Ministerio comunicará la información disponible a la autoridad solicitante en el plazo máximo de un mes”.

https://www.elsaltodiario.com/lgtbiq/plataforma-trans-defensor-pueblo-ley-personas-trans-extranjeras