{"id":1525,"date":"2024-12-11T15:36:37","date_gmt":"2024-12-11T13:36:37","guid":{"rendered":"http:\/\/plataformatrans.es\/?p=1525"},"modified":"2025-01-23T10:29:13","modified_gmt":"2025-01-23T08:29:13","slug":"las-claves-de-la-ley-de-memoria-trans-y-lgtbiq","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/2024\/12\/11\/las-claves-de-la-ley-de-memoria-trans-y-lgtbiq\/","title":{"rendered":"Las claves de la Ley de Memoria Trans y LGTBIQ+"},"content":{"rendered":"<h5>Las claves de la Ley de Memoria Trans y LGTBIQ+<\/h5>\n<p>Estas son las principales c<span class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3\">laves de la\u00a0 <\/span><span class=\"r-18u37iz\"><a class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3 r-1loqt21\" dir=\"ltr\" role=\"link\" href=\"https:\/\/x.com\/hashtag\/LeyMemoriaTrans?src=hashtag_click\">#LeyMemoriaTrans<\/a><\/span><span class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3\"> propuesta por la\u00a0<\/span><span class=\"r-18u37iz\"><a class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3 r-1loqt21\" dir=\"ltr\" role=\"link\" href=\"https:\/\/x.com\/PlataformaTrans\">Plataforma Trans\u00a0<\/a><\/span><span class=\"css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3\"> y que fue registrada como proposici\u00f3n de ley el pasado 19 de noviembre con el apoyo de distintos partidos pol\u00edticos.<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-1527 \" src=\"http:\/\/plataformatrans.es\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/WhatsApp-Image-2024-12-11-at-11.59.32.jpeg\" alt=\"\" width=\"848\" height=\"848\" srcset=\"https:\/\/plataformatrans.es\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/WhatsApp-Image-2024-12-11-at-11.59.32.jpeg 1000w, https:\/\/plataformatrans.es\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/WhatsApp-Image-2024-12-11-at-11.59.32-300x300.jpeg 300w, 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Este concepto se utiliza com\u00fanmente para abordar la re\ufb02exi\u00f3n y el estudio de eventos traum\u00e1ticos, con\ufb02ictos, injusticias hist\u00f3ricas o violaciones de derechos humanos. Se busca reconocer lo ocurrido, honrar a las v\u00edctimas, promover la verdad, la justicia y la reparaci\u00f3n, adem\u00e1s de prevenir la repetici\u00f3n de dichos eventos en el futuro.<\/p>\n<p align=\"justify\">Por otro lado, se re\ufb01ere al proceso mediante el cual los individuos o grupos marginados, excluidos hist\u00f3ricamente o vulnerables se incorporan plenamente en la sociedad, participan en la vida comunitaria y disfrutan de los mismos derechos y oportunidades que otros miembros de esa sociedad. Esto implica no solo la igualdad legal, sino tambi\u00e9n la aceptaci\u00f3n, la inclusi\u00f3n y el respeto por la diversidad.<\/p>\n<p align=\"justify\">Es esencial reconocer la memoria hist\u00f3rica, ya que contribuye directamente a la reparaci\u00f3n social y a aprender de las experiencias pasadas para construir una sociedad m\u00e1s inclusiva en el presente.<\/p>\n<p align=\"justify\">La ley 16\/1970, de 4 de agosto, sobre peligrosidad y rehabilitaci\u00f3n social, en adelante LPRS, fue una ley espa\u00f1ola aprobada por el r\u00e9gimen franquista el 4 de agosto de 1970. Entre otros supuestos, penalizaba con penas de prisi\u00f3n y destierro las pr\u00e1cticas homosexuales, declarando a las personas procesadas en \u201cestado peligroso\u201d, por lo cual se les aplic\u00f3, citando textualmente, \u201clas correspondientes medidas de seguridad y rehabilitaci\u00f3n a los que realicen actos de homosexualidad\u201d.<\/p>\n<p align=\"justify\">Como resultado, dicha legislaci\u00f3n se tradujo en una cacer\u00eda y persecuci\u00f3n pol\u00edtica sobre las personas que por amar o ser de forma distinta a lo que el r\u00e9gimen franquista consideraba correcto, pod\u00edan cumplir penas de privaci\u00f3n de libertad, desde 6 meses hasta 3 a\u00f1os, dependiendo de la arbitrariedad del juez. En particular, al tratarse de una ley especial, no exist\u00eda ni la presunci\u00f3n de inocencia ni el derecho a juicio.<\/p>\n<p align=\"justify\">La dictadura calificaba la transexualidad como una \u00abhomosexualidad extrema\u00bb y la persegu\u00eda como si se tratase de un delito, cre\u00eda que las personas homosexuales eran tan delincuentes como enfermas, y que las personas trans no eran m\u00e1s que la manifestaci\u00f3n de una \u00abhomosexualidad extrema\u00bb a la que hab\u00eda que \u00abconvertir\u00bb con c\u00e1rcel, marginaci\u00f3n y \u00abreeducaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p align=\"justify\">Cuando hablamos de personas trans, hablamos de personas que fueron discriminadas, apartadas y durante mucho tiempo olvidadas, por tanto, relegadas al olvido. Estas condiciones que tuvieron car\u00e1cter estructural, les impidieron tener las mismas oportunidades que el resto de la ciudadan\u00eda, aboc\u00e1ndolas a los m\u00e1rgenes sociales y a la exclusi\u00f3n social, teniendo un gran impacto en su salud f\u00edsica y ps\u00edquica. Hoy en el ocaso de sus vidas, de nuevo les golpea la precariedad extrema derivada de un r\u00e9gimen dictatorial que fue inmisericorde y del olvido de la democracia.<\/p>\n<p align=\"justify\">La miop\u00eda del R\u00e9gimen Franquista, incapaz de distinguir entre orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero, hizo que una proporci\u00f3n elevada de las v\u00edctimas de esta ley, aunque bajo el supuesto de \u201chomosexuales\u201d, fueran las personas trans y aquellas que ten\u00edan una expresi\u00f3n de g\u00e9nero no normativa, ya que la orientaci\u00f3n sexual es algo que corresponde al plano de la intimidad. Por lo que podemos aseverar que el R\u00e9gimen Franquista prioriz\u00f3 la erradicaci\u00f3n de lo que contempl\u00f3 como una amenaza al orden social impuesto. Esto es, perseguir y castigar las identidades y expresiones de g\u00e9nero, debido a que cuestionan los valores de expresi\u00f3n del machismo- patriarcado que intr\u00ednsecamente est\u00e1n relacionados a la masculinidad-poder, valores de exaltaci\u00f3n de un R\u00e9gimen militar y nacional cat\u00f3lico.<\/p>\n<p align=\"justify\">Exist\u00eda una confluencia de la medicina, la psiquiatr\u00eda, el derecho penal y la Iglesia franquista. La medicina los ve\u00eda como enfermos, la psiquiatr\u00eda como una perversi\u00f3n, el derecho penal como un estado peligroso y la Iglesia como una inmoralidad.<\/p>\n<p>La LRPS defin\u00eda a las personas homosexuales como \u00abpeligrosos sociales\u00bb, revistiendo as\u00ed la represi\u00f3n hom\u00f3foba de un supuesto barniz \u00ablegal\u00bb. De hecho, la mec\u00e1nica represiva ten\u00eda varios componentes dirigidos a castigar, aislar e incluso, \u00abcurar\u00bb, como si se tratase de una enfermedad a trav\u00e9s de electrodos y supuestos tratamientos psiqui\u00e1tricos.<\/p>\n<p>Las personas LGTBI, fueron v\u00edctimas de maltrato y tortura psiqui\u00e1trica, incluyendo el uso de electroshock, contenciones mec\u00e1nicas, medicaci\u00f3n forzosa, sin olvidar el internamiento en instituciones psiqui\u00e1tricas a las mujeres lesbianas, bajo el r\u00e9gimen franquista, pero con las personas trans, el maltrato psiqui\u00e1trico se ha prolongado hasta bien entrada la democracia. La \u201cpatologizaci\u00f3n de las identidades trans\u201d, ha sido la excusa perfecta para un abordaje m\u00e9dico bajo un modelo de atenci\u00f3n segregador, patologizante y denigrante.<\/p>\n<p align=\"justify\">No fue hasta el 2 de julio de 1987, que la Sala Primera del Tribunal Supremo aprob\u00f3 el primer cambio de sexo legal, dando paso al cambio de sexo registral, con la obligatoriedad de someterse a una cirug\u00eda genital. El Estado impuso a las personas trans la \u201cesterilizaci\u00f3n\u201d como un requisito ineludible para proceder al cambio de los indicadores del nombre y sexo en el DNI. Este modelo se prolong\u00f3 hasta 2.007, que con la Ley 3\/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificaci\u00f3n registral de la menci\u00f3n relativa al sexo de las personas, ya no se exig\u00eda cirug\u00eda genital, pero se impuso entre los requisitos, dos a\u00f1os de tratamiento hormonal, de nuevo la esterilizaci\u00f3n qu\u00edmica forzosa. Esta legislaci\u00f3n supuso, debido al trance forzoso que implica, la renuncia por parte de innumerables personas trans a ver reconocida su identidad. El estado impuso como una condici\u00f3n sine qua non la esterilizaci\u00f3n, este hecho aberrante e indigno se prolong\u00f3 durante 36 a\u00f1os en periodo democr\u00e1tico. Cabe se\u00f1alar que esta pr\u00e1ctica de esterilizaci\u00f3n, directa o indirecta, requerida para reconocer la identidad de las personas trans ha sido condenada en 2014 por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) y en 2017 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.<\/p>\n<p align=\"justify\">Muchas personas trans fueron objeto desde las instituciones sanitarias, bajo informes de diagn\u00f3stico por TLP y esquizofrenia, en consecuencia, fueron obligadas personas sanas, a sobremedicarse, recluidas en instituciones psiqui\u00e1tricas, bajo contenciones mec\u00e1nicas, medicaci\u00f3n forzosa, coacciones, amenazas y violencia f\u00edsica. Estos abusos constituyen una de las m\u00e1s graves vulneraciones de sus derechos humanos.<\/p>\n<p align=\"justify\">El R\u00e9gimen habilit\u00f3, con el fin de \u201creeducar\u201d a los homosexuales, c\u00e1rceles espec\u00edficas localizadas en Huelva (Andaluc\u00eda) y Badajoz (Extremadura). En c\u00e1rceles como la Modelo de Barcelona, la Modelo de Valencia y en la c\u00e1rcel de Carabanchel en Madrid, se habilitaron m\u00f3dulos para la \u201crehabilitaci\u00f3n\u201d sexual de los represaliados. As\u00ed, mismo, el campo de concentraci\u00f3n llamado \u201cColonia Agr\u00edcola Penitenciaria de Tef\u00eda\u201d, ubicada en la isla de Fuerteventura, destinado a la reclusi\u00f3n de presos comunes y pol\u00edticos, fue empleado para la \u201creconversi\u00f3n\u201d de varones homosexuales. Tambi\u00e9n cre\u00f3 el Patronato de Protecci\u00f3n a la Mujer, una instituci\u00f3n franquista encargada de \u201cla dignificaci\u00f3n moral de la mujer\u201d que castigaba a las mujeres que mostraran cualquier conducta \u201ctransgresora\u201d para el R\u00e9gimen. Esta instituci\u00f3n fue responsable de la reclusi\u00f3n y \u201creeducaci\u00f3n\u201d de mujeres que no se ajustaban a los estrictos valores morales impuestos por el R\u00e9gimen, aplicando abusos y torturas a muchas de ellas, incluidas, por supuesto, las mujeres no heterosexuales. En todas estas instituciones fueron encarceladas centenares de personas en condiciones de hambre, trabajo esclavo y tortura.<\/p>\n<p align=\"justify\">Las cifras de estas condenas est\u00e1n en torno a las 5.000 personas de la disidencia sexual. La mayor parte corresponde a personas trans y a hombres homosexuales, ya que la posici\u00f3n ideol\u00f3gica del r\u00e9gimen no conceb\u00eda el lesbianismo o la bisexualidad, lo que ha hecho dif\u00edcil registrar casos de condenas por tal raz\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"justify\">Desde diferentes CCAA, nace la organizaci\u00f3n y lucha del colectivo LGTBI por la libertad sexual y contra las leyes represivas del franquismo, lo que hace posible que el 25 de junio de 1.978, se convocaran movilizaciones desde los diferentes territorios, que culmina en que el 26 de diciembre de 1978, se elimin\u00f3 la homosexualidad de las categor\u00edas de \u201cpeligrosos sociales\u201d de la LRPS, pero este no fue el fin de la represi\u00f3n y persecuci\u00f3n de la disidencia sexual, que continuaron vigentes a la muerte del dictador. El C\u00f3digo Penal, que, si bien no contemplaba expresamente la homosexualidad en su articulado, se consideraba incluida en el art\u00edculo 431 de dicho texto que regulaba el delito de \u201cesc\u00e1ndalo p\u00fablico\u201d. Esta figura delictiva consideraba penalizable aquellas acciones que \u201cde cualquier modo ofendiere el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave esc\u00e1ndalo o trascendencia\u201d. La moral nacional-cat\u00f3lica del r\u00e9gimen franquista consideraba moralmente repugnantes los actos de homosexualidad o el uso de prendas de vestir contrarias al sexo asignado al nacer, por lo que dichas pr\u00e1cticas, eran tenidas por delictivas en virtud de este art\u00edculo, sus autores eran juzgados y condenados si los hechos trascend\u00edan al conocimiento p\u00fablico. No fue hasta el 25 de marzo de 1988, bien entrada la democracia, que el Congreso no aprob\u00f3 su desaparici\u00f3n del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p align=\"justify\">Una modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal, del a\u00f1o 1984, eximi\u00f3 de responsabilidad penal, entre otros supuestos, a la \u201ccirug\u00eda transexual realizada por facultativos\u201d, hasta ese momento penalizadas al ser consideradas un delito de lesiones por causar la esterilidad. No obstante, se mantuvo la obligatoriedad de un juicio de mayor cuant\u00eda contra el Estado, con abogado y procurador, para conseguir el cambio de nombre registral.<\/p>\n<p align=\"justify\">El menoscabo de derechos contin\u00faa su relato en plena democracia, cuando en 1995, por el Real Decreto 63\/1995, de 20 de enero, sobre ordenaci\u00f3n de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, se excluy\u00f3 de la atenci\u00f3n sanitaria los tratamientos hormonales a personas trans, incluidas las cirug\u00edas genitales. Por ende, por una parte, se aboc\u00f3 a las personas trans a la autohormonaci\u00f3n, con el grave riesgo que esto implicaba para su salud, y, por otro lado, se forz\u00f3 a las personas trans a recurrir a la medicina privada para las cirug\u00edas genitales.<\/p>\n<p align=\"justify\">El Juzgado de Igualada (Barcelona), autoriza en abril de 2.001, la primera boda civil en Espa\u00f1a entre una mujer trans y su novio. Anteriormente, aunque con nombre y sexo registral modificados, e incluida la cirug\u00eda genital, la justicia espa\u00f1ola no consideraba a la mujer trans como mujer. Por ende, el matrimonio era considerado una uni\u00f3n entre hombres homosexuales.<\/p>\n<p align=\"justify\">En julio de 2.014, el Parlamento Andaluz, aprueba una Ley Trans Integral, que la hace pionera en Espa\u00f1a y Europa, por introducir por primera vez dos principios irrenunciables para el reconocimiento de las personas trans, como sujetos de derecho. La despatologizaci\u00f3n de las identidades trans y la libre determinaci\u00f3n de la identidad de g\u00e9nero. Tres meses posteriores, en octubre, el Parlament de Catalunya, aprueba la primera Ley LGTBI, para garant\u00eda de derechos y de protecci\u00f3n contra la discriminaci\u00f3n de las personas LGTBI, dicha norma, incluye un r\u00e9gimen de sanciones administrativas por motivos de LGTBIfobia. Desde Andaluc\u00eda y Catalunya, se ponen los cimientos para el inicio de una d\u00e9cada que da como resultado, que de las 17 CCAA, en 15 se aprobasen leyes trans y\/o LGTBI, siempre dentro del marco competencial de las CCAA. Era ya, una asignatura pendiente, promover una Ley Trans y LGTBI de \u00e1mbito estatal que superase los techos competenciales de las diferentes comunidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p align=\"justify\">En febrero de 2023, el Congreso de los Diputados aprueba la Ley 4\/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garant\u00eda de los derechos de las personas LGTBI, que reconoce libremente la identidad legal de las personas trans, garantizando la autodeterminaci\u00f3n de g\u00e9nero sin requisitos m\u00e9dicos como la hormonaci\u00f3n o el diagn\u00f3stico de una enfermedad. Una ley que ha situado a Espa\u00f1a en un referente europeo y para Am\u00e9rica Latina.<\/p>\n<p align=\"justify\">Todos estos hechos han marcado una trayectoria, desde la dictadura hasta 42 a\u00f1os de entrada la democracia, que han supuesto para las personas trans una violencia sistem\u00e1tica y una vulneraci\u00f3n de derechos ejercida desde el Estado por su acci\u00f3n u omisi\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"center\"><b>ARTICULADO<\/b><\/p>\n<p align=\"left\"><b>ART\u00cdCULO 1\u00b0. Objeto.<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">La presente Ley tiene por objeto reconocer y reparar a las personas trans y LGTBI v\u00edctimas de la dictadura por la violaci\u00f3n de sus Derechos Humanos y la violencia institucional que han padecido hist\u00f3ricamente a causa de su orientaci\u00f3n sexual, identidad y\/o expresi\u00f3n de g\u00e9nero, garantiz\u00e1ndoles un envejecimiento digno.<\/p>\n<p align=\"left\"><b>ART\u00cdCULO 2\u00b0. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">Ser\u00e1n destinatarias de las medidas previstas en la presente norma todas las personas trans y LGTBI a las que se les aplicar\u00e1, por dicha condici\u00f3n, alguna de las medidas previstas en la Ley de Vagos y Maleantes desde su modificaci\u00f3n de 15 de julio de 1954, en la Ley 16\/1970, de 4 de agosto, sobre Peligrosidad y Rehabilitaci\u00f3n Social y las condenadas por el mismo motivo en aplicaci\u00f3n del delito de esc\u00e1ndalo p\u00fablico contemplado en el art\u00edculo 431 del C\u00f3digo Penal, antes de su modificaci\u00f3n en 1988. As\u00ed mismo, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la presente ley a las mujeres recluidas en alguno de los centros de la Junta de Protecci\u00f3n a la Mujer por su orientaci\u00f3n sexual.<\/p>\n<p align=\"left\"><b>ART\u00cdCULO 3\u00b0. Reparaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">Las personas destinatarias de esta norma percibir\u00e1n, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, una prestaci\u00f3n econ\u00f3mica vitalicia de id\u00e9ntica cuant\u00eda de la pensi\u00f3n m\u00ednima a la Seguridad Social para pensionistas mayores de 65 a\u00f1os sin cargas familiares.<\/p>\n<p align=\"justify\">Dicha prestaci\u00f3n ser\u00e1 compatible con cualquier prestaci\u00f3n no contributiva que perciba la persona destinataria, siendo excluidos estos ingresos a los efectos de computar el volumen de ingresos para determinar el derecho o no a dicha prestaci\u00f3n no contributiva.<\/p>\n<p align=\"left\"><b>ART\u00cdCULO 4\u00b0. Cuant\u00edas<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">La cuant\u00eda de la prestaci\u00f3n se incrementar\u00e1 en un 50% para aquellas personas que hayan sufrido privaci\u00f3n de libertad derivada de la aplicaci\u00f3n de las normas citadas en el art\u00edculo 2 de la presente norma.<\/p>\n<p align=\"left\"><b>ART\u00cdCULO 5\u00b0. Procedimiento<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la indemnizaci\u00f3n por los da\u00f1os a que se refiere este T\u00edtulo ser\u00e1 tramitado y resuelto por el Ministerio de Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes.<\/p>\n<p align=\"justify\">Las solicitudes de los interesados deben cursarse en el plazo m\u00e1ximo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de la presente norma.<\/p>\n<p align=\"justify\">El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes podr\u00e1, en el ejercicio de las competencias derivadas de este art\u00edculo, recabar cualesquiera datos que obren en poder de las Administraciones P\u00fablicas en relaci\u00f3n a las personas solicitantes, para lo cual se recabar\u00e1 la autorizaci\u00f3n expresa de la persona solicitante.<\/p>\n<p align=\"justify\">El plazo m\u00e1ximo para la resoluci\u00f3n del procedimiento es de 12 meses, entendi\u00e9ndose estimada la petici\u00f3n en caso de haber transcurrido el citado plazo sin haberse dictado resoluci\u00f3n expresa.<\/p>\n<p align=\"justify\"><b>ART\u00cdCULO 6\u00ba. REPARACI\u00d3N INTEGRAL<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">Adem\u00e1s de la reparaci\u00f3n econ\u00f3mica, se incluir\u00e1n acciones de reparaci\u00f3n simb\u00f3lica, tales como la recuperaci\u00f3n de la memoria mediante investigaciones, publicaciones, difusi\u00f3n y la creaci\u00f3n de espacios espec\u00edficos de memoria.<\/p>\n<p align=\"justify\">Las personas destinatarias de esta norma podr\u00e1n acogerse a las medidas generales de protecci\u00f3n y reparaci\u00f3n que recoge la Ley 4\/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y de la garant\u00eda de derechos LGTBI en sus art\u00edculos 62, 63, 64, 65, 66 y 67.<\/p>\n<p align=\"justify\">Asimismo, las administraciones p\u00fablicas promover\u00e1n el acceso prioritario de las personas destinatarias de la presente norma al parque p\u00fablico de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a la vivienda, incluidos lugares p\u00fablicos de residencia para personas mayores, en los t\u00e9rminos que se establezcan.<\/p>\n<p align=\"justify\">Se establecer\u00e1, asimismo, una partida presupuestaria con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para la recuperaci\u00f3n y preservaci\u00f3n de la memoria documental y audiovisual LGTBI, as\u00ed como la se\u00f1alizaci\u00f3n y visibilizaci\u00f3n de lugares hist\u00f3ricos y emblem\u00e1ticos para la memoria LGTBI.<\/p>\n<p align=\"justify\">El Estado debe reconocer el maltrato psiqui\u00e1trico perpetrado contra las personas LGTBI en dictadura y a las personas trans en democracia y pedir perd\u00f3n para que nunca m\u00e1s se vuelva a repetir.<\/p>\n<p align=\"justify\"><b>Disposici\u00f3n Final: Entrada en Vigor<\/b><\/p>\n<p align=\"justify\">La presente norma entrar\u00e1 en vigor el 1 de enero del ejercicio presupuestario siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial del Estado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estas son las principales claves de la\u00a0 #LeyMemoriaTrans propuesta por la\u00a0Plataforma Trans\u00a0 y que fue registrada como proposici\u00f3n de ley el pasado 19 de noviembre con el apoyo de distintos partidos pol\u00edticos.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1530,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[30,15],"tags":[],"class_list":["post-1525","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-en_portada","category-noticias"],"brizy_media":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1525","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1525"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1525\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1531,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1525\/revisions\/1531"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1530"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1525"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1525"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plataformatrans.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1525"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}